En el alegato del juicio de cesura las representantes de la fiscalía detallaron los agravantes mediante los cuales arribaron al monto de condena requerido. Entre ellos mencionaron la situación de desigualdad entre víctima y victimario, los antecedentes del imputado, la violencia ejercida y el daño causado, entre otros. En relación a los atenuantes la fiscalía no valoró ninguno.
En noviembre y tras cinco jornadas de juicio por jurados, el imputado fue declarado “culpable” por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género; abuso sexual con acceso carnal -dos hechos-; abuso sexual con acceso carnal -dos hechos- agravado por resultar grave daño en la salud mental de la víctima y privación ilegítima de la libertad agravado por haber sido cometida con violencia y amenazas, en carácter de autor.
La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el juicio fue que los hechos ocurrieron el 1 de enero de 2022, a partir de las 2:30 y durante toda la noche. Esa madrugada, la expareja de M.E.E se encontraba durmiendo en su vivienda junto a sus hijos cuando el acusado ingresó a la casa e inició una discusión, luego la golpeó violentamente, provocándole lesiones en el cuerpo y fracturas en la cara. La mujer decidió bañarse para quitarse la sangre por las heridas que sufrió y en ese contexto se produjo el abuso sexual. Además, el acusado retomó las agresiones y la amenazó. Desde ese momento le impidió salir de la casa, mientras que horas más tarde reiteró los abusos.