La legislación reconoce tres posibilidades para justificar la no votación:
*Enfermedad, debidamente acreditada con certificado médico.
*Haberse encontrado el día de la votación a más de 100 kilómetros de la localidad. En este caso se debe presentar una certificación policial; el pasaporte; pasajes de colectivo o avión u otro medio que acredite fehacientemente la residencia del elector.
*Razones de fuerza mayor, debidamente certificadas y acreditadas.
En todos los casos, las justificaciones se deben realizar ante el Juzgado Electoral Provincial en Neuquén capital (Elordi 412) o ante el Juzgado de Paz más cercano en el interior, hasta el día 29 de mayo del corriente.
Ante la imposibilidad de justificar la inasistencia a las elecciones, se paga la multa correspondiente y se presenta la constancia ante el Juzgado Electoral Provincial, ubicado en Elordi 412 o en los Juzgados de Paz.
Paula Schincariol -Juez de Paz-. Juzgado de Paz de Zapala, 6 de mayo de 2015.
Fuente: FM Urbana.