“Actualmente, los expedientes que se iniciaron con Actas Contravencionales por estos hechos, han finalizado su trámite y se ha dictado sentencia, por lo que luego de ser notificada la misma, se procede al libramiento de oficio a Fiscalía Administrativa a los fines de la clausura o inhabilitación”.
“Las penas dispuestas por la Ordenanza 225/07 por Consumo de Alcohol de menores es gradual; esto significa:
a) Primera vez multa de 14 a 45 VA.CO.ZA. (Valor Contravencional Zapala);
b) 1° reincidencia pena de multa de hasta 500 VA.CO.ZA y clausura mínima de 15 días,
c) 2° reincidencia multa de 500 VA.CO.ZA, e inhabilitación comercial”.
Corresponde mencionar que respecto a la Inhabilitación comercial, se ha dispuesto la misma por 60 días en el caso de los locales bailables.
Así también, en estas últimas horas trascendió que probablemente un tercer boliche sea motivo de clausura por parte del Juzgado Municipal de Faltas.
A raíz de esta situación de clausura, los dueños de los boliches evalúan la posibilidad de acercarse hasta la sesión que se desarrollará el día jueves en Concejo Deliberante para plantear la situación.
Fuente: Zapala Noticias.