La identificación deberá ser colocada en el parabrisas y en la luneta trasera del vehículo que conduzca la persona con alteración auditiva. El Ministerio de Ciudadanía, a través de la Subsecretaría de Discapacidad, deberá reglamentar la ley, ejecutar la elaboración y los requisitos de emisión de la oblea en cuestión. La implementación y el otorgamiento estarán a cargo de la autoridad competente a nivel municipal.
Los fundamentos explican que la hipoacusia es la disminución del nivel de audición por debajo de lo normal, en tanto la anacusia hace referencia a la pérdida completa de la capacidad auditiva en uno o ambos oídos.
Las personas que padecen este tipo de discapacidad están habilitadas a obtener la licencia de conducir, según la Disposición 416/16 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial ya que se trata de alteraciones auditivas que no representan una peligrosidad mayor. En ese marco, la propuesta apunta a generar una normativa complementaria para alertar a conductores, peatones y tránsito en general sobre la necesidad de utilizar señales lumínicas en reemplazo de las sonoras ante un vehículo que lleve la oblea con la simbología de la sordera.
El proyecto de ley N°12.311 ingresó por mesa de entradas el 15 de noviembre de 2018 con la firma del diputado Alejandro Vidal de la UCR, y la adhesión de los diputados Santiago Nogueira de Libres del Sur, Gabriel Romero del Frente Renovador, Sergio Gallia de Adelante Neuquén, Raúl Podestá del Frente Grande y Eduardo Fuentes del Frente Neuquino.