Una jueza de Faltas de Zapala venció en la Justicia a la intendenta de esa ciudad, Soledad Martínez; y, ahora, el municipio tendrá que pagarle -con intereses y todo- los aumentos que le correspondían y que en su momento no le pagaron.
Disconforme con ello, la jueza de Faltas Grecia Guillermina Arratia Ortiz presentó una demanda que fue rechazada por un juzgado de primera instancia. Entonces apeló y, ahora, la Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocó esa sentencia.
De este modo, los jueces Oscar Massei y Evaldo Darío Moya le ordenaron a la Municipalidad de Zapala que le pague las diferencias. Para ello tiene que liquidar nuevamente los sueldos del período comprendido entre julio de 2016 y el 31 de enero de 2017.
Es que el primero de febrero de aquel año, el municipio dictó la resolución que dejó sin efecto la norma que prohibía aplicar la nueva escala salarial al sueldo de la intendenta. El problema radicaba en que el salario de la jueza de Faltas es el 80% del de la intendenta y había quedado, como se dice, “atado”.
Para revocar el fallo de primera instancia, los jueces del TSJ tuvieron en cuenta distintas cuestiones. Entre ellas, el hecho de que la resolución cuestionada iba en contra de lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal y el Concejo Deliberante; y desconocía los derechos laborales de la accionante al considerar al Juez de Faltas como parte de la planta funcional transitoria del municipio.
También se destacó el hecho de que la remuneración de esa categoría no puede ser reducida mientras el funcionario permanezca en su cargo.
Según se indicó al respecto, aquella mejora salarial fue del 30% sobre los salarios de la planta permanente y de los trabajadores contratados, a partir de julio de 2016. Y se excluyó a los funcionarios de primera línea porque la medida respondió a favorecer a los trabajadores con menores ingresos, privilegiándolos por sobre la planta política. En tanto que la jueza de Faltas quedó en medio por una cuestión de organigrama.
Fuente: Diariamente Neuquén.