Esta ley provincial tiene como objetivo estimular mejores hábitos alimenticios, promover la reducción del consumo calórico excesivo y de la ingesta de dulces en general, para disminuir el sobrepeso, la obesidad y otras enfermedades no transmisibles en la ciudadanía
Desde el momento en que los comercios son notificados tienen 10 días para cumplir con la nueva reglamentación. Una vez terminado este plazo de adecuación se realizan las inspecciones correspondientes y, en caso de no cumplir con la Ley, se procede realizar una multa.
Los alimentos que no pueden estar cercanos a la línea de caja son los jugos endulzados, los productos listos para el consumo y todo lo inherente a la rama de las golosinas.
La distancia mínima entre los espacios o góndolas de exhibición de alimentos ultraprocesados debe ser de tres metros con las líneas y filas de cajas registradoras, zonas de acceso y salida de los locales comerciales, distancia que deberá estar debidamente señalizada.
El artículo 6 de la Ley N°3224 establece que quedan exceptuados los comercios cuya actividad principal sea la venta de golosinas o alimentos de similares características.
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